Oposiciones: Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid
OPOSICIÓN: Administrativos Universidad Autónoma de Madrid
ORGANISMO: UAM
ÁMBITO: Oposición nivel Local
SITUACIÓN LABORAL: Funcionario de carrera
REQUISITOS: Nacionalidad Española o de un Estado de la UE. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa
PROCESO SELECTIVO: Concurso/Oposición Libre
TITULACIÓN REQUERIDA: Bachiller o equivalente
OFERTA: 5 (En proceso)
BASES DE LA CONVOCATORIA: Publicada en el BOE
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: ENLACE INFORMACIÓN
ENLACE DE INSCRIPCIÓN: ENLACE INFORMACIÓN
PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Abierto. 21/11/2022-20/12/2022
PROFESORADO: Funcionario Administración del Estado
REQUISITOS GENERALES
• Nacionalidad: ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, siempre que no esté separado de derecho, sus descendientes y los descendientes del cónyuge de españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, siempre que no estén separados de derecho. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
• Tener cumplidos los 16 años y no tener alcanzada la edad de sesenta y cinco años.
• Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
• No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial.
• Titulación requerida: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar o Bachiller Elemental.

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I. Legislación General y Organización Pública
- La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial. La Organización Territorial de Estado. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.
- La organización de la Unión Europea: el Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según el Tratado de la Unión Europea.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: políticas públicas para la igualdad. Principio de igualdad en el empleo.
- Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (I): Funciones y autonomía de las Universidades. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico. Estructura de las Universidades. Del gobierno y representación de las Universidades. Coordinación, cooperación y colaboración universitaria. Evaluación y acreditación.
- Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (II): Enseñanzas y títulos. Investigación y transferencia del conocimiento en la Universidad. De los estudiantes, del Profesorado y del personal de administración y servicios. Régimen económico y financiero. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior. La extensión universitaria.
- Estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid (I): Título preliminar (naturaleza, funciones, principios rectores y competencias de la UAM). Título primero (estructura se la Universidad Autónoma de Madrid). Título segundo (Órganos de gobierno, representación y administración) Título noveno (elección y revocación de Órganos de gobierno, representación y administración). Título tercero (Defensor del Universitario). Título sexto (la Comunidad Universitaria).
- Estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid (II): Título cuarto (del estudio y la investigación en la universidad). Título quinto (de la evaluación en la UAM). Título octavo (servicios universitarios). Título séptimo (régimen económico y financiero). Título décimo (régimen jurídico y administrativo). Título undécimo (De la reforma de los Estatutos de la Universidad).
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: los principios de la protección de datos. Ejercicio de los derechos. Responsable y Encargado del tratamiento. Régimen sancionador.
II. Actividad administrativa y ofimática.
- La Administración Electrónica regulada en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano. Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado.
- Registro Electrónico de la Universidad Autónoma de Madrid. Sede Electrónica de la Universidad Autónoma de Madrid.
- Principales funciones y utilidades de los Procesadores de texto y Hojas de cálculo: Word y Excel.
- Correo electrónico: conceptos elementales y funcionamiento. El entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensaje. Libreta de direcciones.
III. Derecho administrativo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Título preliminar (Disposiciones generales). Título I (De los interesados en el procedimiento). Título II (La actividad de las Administraciones Públicas).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): Título III (de los actos administrativos). Título IV (De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común). Título V (De la revisión de los actos en vía administrativa). Título VI (De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones).
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Título preliminar: Capítulo I (Disposiciones generales). Capítulo II (De los Órganos de las Administraciones Públicas). Capítulo III (Principios de la potestad sancionadora). Capítulo VI (De los convenios). Título I: Administración General del Estado. Capítulo I: Organización administrativa. Capítulo II: los Ministerios y su estructura interna.
IV. Gestión de personal.
- Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.
- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo: El personal funcionario de las Administraciones Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción Profesional. La Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
V. Gestión Académica
- Marco normativo para el acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado de las universidades públicas.
- Marco de desarrollo de las enseñanzas universitarias oficiales de grado y de máster. Ordenación según su normativa. Ordenación de las enseñanzas oficiales de doctorado. Normativa de máster y doctorado en la Universidad Autónoma de Madrid. Régimen jurídico para la expedición de títulos oficiales Universitarios y del Suplemento Europeo al Título. Sistema Europeo de Créditos (ECTS). Sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en territorio nacional.
- Precios Públicos de estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las universidades de la Comunidad de Madrid. Régimen de exenciones, bonificaciones y reducciones. Su aplicación dentro del marco de la Universidad Autónoma de Madrid: especificidades en cuanto a su aplicación.
- Marco normativo aplicable a las enseñanzas impartidas por la Universidad Autónoma de Madrid (I): Adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos. El reconocimiento de créditos por actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación para estudios de Grado. Reconocimiento por acreditación profesional. Tribunal de compensación. Compensación por evaluación curricular. Régimen de permanencia de la UAM.
- Marco normativo aplicable a las enseñanzas impartidas por la Universidad Autónoma de Madrid (II): Los Títulos propios y la formación continua.
VI. Gestión económica.
- El presupuesto del Estado en España: concepto y estructura. Los créditos presupuestarios: características. Gastos plurianuales. Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito. Anticipos de tesorería.
- El procedimiento administrativo de ejecución del presupuesto de gasto. Órganos competentes. Fases del procedimiento y sus documentos contables. Compromisos de gasto parra ejercicios posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia. Realización del pago: modos y perceptores. Control del gasto público. Clases. Especial referencia al control de legalidad. El Tribunal de Cuentas.
- El Presupuesto de la Universidad Autónoma de Madrid: Características y estructura. Elaboración, contenido y aprobación. Ingresos y gastos presupuestarios. Créditos iniciales y su financiación. Modificaciones presupuestarias.
VII. Relaciones Internacionales.
- La Conferencia de Rectores de Universidades españolas (CRUE): definición y estructura. La Comisión Sectorial Crue-Internacionalización y Cooperación: definición y estructura. El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE): definición y estructura.
- Las relaciones internacionales en la UAM: Vicerrectorado de Internacionalización, el Servicio de Relaciones Internacionales y Movilidad y las Oficinas de Relaciones Internacionales. Plan DOing, Plan AdId.
- Normativas de movilidad de la UAM. Normativa reguladora de la movilidad de estudiantes de la UAM: estudiantes salientes, (Aprobada en el Consejo de Gobierno de 6 mayo de 2016). Normativa reguladora de la movilidad de estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid: estudiantes entrantes, (Aprobada en el Consejo de Gobierno de 6 mayo de 2016). Normativa que regula el régimen de admisión y matrícula de los estudiantes visitantes en la UAM, (Aprobada por Acuerdo 16 del Consejo de Gobierno del 18 de marzo de 2016).
- Normativa sobre acuerdos y convenios internacionales de la UAM con universidades o instituciones extranjeras, (Aprobada en el Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2004). Normativa de Coordinadores de Movilidad, (Aprobada en el Consejo de Gobierno de 17 de junio de 2016).
- La Declaración de Bolonia y el Espacio Europeo de Enseñanza Superior (EEES). Desarrollo y aplicación en España, adaptación del Sistema de Universitario Español (SUE) al EEES. Estrategia para la internacionalización de las universidades españolas 2015-2020. El sistema europeo de transferencia y acumulación de créditos (ECTS).
- La política de la Unión Europea en el campo de la educación y la formación. El «marco estratégico para la educación y la formación» (Estrategia Europa 2020).
- El Programa Europeo de Educación, Formación, Juventud y Deporte Erasmus+. Objetivos y características más relevantes del Programa. Países participantes. Estructura del Programa: Acciones. Acción Clave 1 (KA1): Movilidad de las personas por motivos de aprendizaje. Acción Clave2 (KA2): Cooperación para la Innovación y el intercambio de buenas prácticas. Acción Clave 3 (KA3): Apoyo a las reformas políticas.
- La Carta Erasmus de Educación Superior (ECHE). Actividades de movilidad Erasmus+ en Educación Superior. Movilidad intracomunitaria K103. Movilidad extracomunitaria K107. Movilidad de estudios. Movilidad de prácticas. Movilidad docente. Movilidad de formación. Erasmus sin papeles.
- KA2: Asociaciones Estratégicas, Alianzas para el conocimiento, Desarrollo de capacidades. Otras actividades del Programa Erasmus+: actividades Jean Monnet. Máster Erasmus Mundus. La Universidad Europea CIVIS: Definición, objetivos y estructura.
- El Espacio Iberoamericano de Conocimiento (EIC). La Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI).
- Otros programas de movilidad. Programas españoles de movilidad nacional: SICUE. El programa de movilidad con Suiza (SEMP). Otros programas de internacionalización propios de la UAM: Movilidad de estudiantes del CEAL.
- Acceso y admisión de estudiantes internacionales en la UAM: estudiantes de intercambio, estudiantes regulares, estudiantes visitantes, estudiantes de programas de Study Abroad (SAM). Captación de estudiantes extranjeros y recursos financieros. Tasas diferenciadas. Reconocimiento y homologación de titulaciones extranjeras.
- La Oficina de Acogida internacional de la UAM. Trámites de extranjería. La situación jurídica de los estudiantes extranjeros en el Estado español. La situación jurídica del personal docente e investigador extranjero en el Estado español. El papel de las embajadas y consulados en la protección de los estudiantes españoles en el extranjero.
- Programas Internacionales de Estudios. Dobles/Múltiples titulaciones internacionales. Titulaciones conjuntas internacionales. Normativa que regula el establecimiento de Programas Internacionales de Estudios en la UAM, aprobada por Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2017.
- Gestión económica, tramitación y pago de becas y ayudas a la movilidad en la UAM. Los programas informáticos de gestión de la movilidad: SIGMA Movilidad.
El procedimiento de selección se realizará a través del sistema de Oposición.
La Oposición estará integrada por los dos ejercicios que a continuación se indican, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio.
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el Programa que figura en el Anexo I de esta convocatoria.
El cuestionario incluirá 10 preguntas adicionales de reserva para sustituir a aquellas que puedan ser objeto de anulación y según el orden en el que se presenten en el cuestionario.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo. Las respuestas erróneas y aquellas que tengan respuestas múltiples penalizarán con ¼ del valor de una correcta. Las preguntas no contestadas no recibirán puntuación alguna, ni penalizarán.
El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de ciento diez minutos.
Segundo ejercicio:
Consistirá en responder tres supuestos teórico-prácticos correspondientes cada uno de ellos a los bloques II, III y IV del Programa que figura en el Anexo I de esta convocatoria. Cada supuesto teórico-práctico constará de un enunciado sobre el que se formularán 25 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Cada supuesto práctico incluirá cinco preguntas adicionales de reserva para sustituir a aquellas que puedan ser objeto de anulación y según el orden en el que se presenten en el cuestionario.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo. Las respuestas erróneas y aquellas que tengan respuestas múltiples penalizarán con ¼ del valor de una correcta. Las preguntas no contestadas no recibirán puntuación alguna, ni penalizarán.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento diez minutos.
Calificación de los ejercicios de la oposición.
- Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 50 puntos para superarlo. El Tribunal fijará el número de aciertos que se correspondan con la puntuación mínima necesaria para superar el ejercicio.
- Segundo ejercicio: Cada supuesto se calificará de 0 a 25 puntos. Para superar este ejercicio será necesario obtener una calificación mínima de 40 puntos en el conjunto de los tres supuestos y no haber tenido 0 en ninguno de ellos.
El Tribunal determinará el nivel mínimo exigido para superar el ejercicio.
En cada uno de los ejercicios, las calificaciones resultarán de las puntuaciones.
• Ambos ejercicios (TEÓRICO-PRÁCTICO)